La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha suspendido la ejecución de la pena de dos años de prisión de Laura Borràs, expresidenta del Parlament y dirigente de Junts. El ingreso queda supeditado a un programa anticorrupción de al menos 25 horas y a no volver a delinquir en cinco años, después de que el Gobierno conmutara en julio la condena original.
Un indulto parcial que dejó la puerta abierta
Borràs fue condenada a cuatro años y seis meses de prisión por prevaricación y falsedad documental, por trocear contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes. El Consejo de Ministros del 28 de julio concedió el indulto parcial —Real Decreto 670/2026— y cambió esa pena de cárcel por otra de dos años, «a condición de que no vuelva a cometer delito doloso» en cinco años. El TSJC lo aplicó en septiembre. Moncloa recordó que el propio tribunal sentenciador había calificado la prisión de «desproporcionada y excesiva». La inhabilitación de 13 años y la multa se mantienen.
Por qué el tribunal descarta la celda
La sala entiende que no hay indicadores de «la efectividad» de un eventual ingreso «para lograr el fin último de alejar a Borràs de la actividad delictiva», según recoge La Gaceta. Sobre esa premisa suspende la ejecución, siempre que se cumplan las condiciones del indulto y no haya nuevo delito en cinco años. La defensa pedía dos, no cinco. La Fiscalía apoyó la suspensión y no consideraba procedente añadir deberes, según La Razón. El contraste es llamativo: el Ejecutivo recortó la condena de una dirigente secesionista y el tribunal da ahora por bastante con que no reincida.
El programa anticorrupción, de 25 horas y con control judicial
El auto exige participar en, al menos, un programa anticorrupción —máster, curso o seminario— de un mínimo de 25 horas, con contenidos «específica y directamente relacionados con los fines que deben guiar la actuación de las administraciones públicas», impartido por un centro oficial. Borràs debe presentar el plan en tres meses para que el tribunal lo apruebe y controle el aprovechamiento. Si no lo hace, o si el curso no obtiene el aval, el seguimiento pasará al Servicio de Medidas Penales Alternativas de la Generalitat. Un cursillo sustituye así a la cárcel que el Gobierno ya había recortado.
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