Por Enrique J. Ortiz
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Historia del "gang" del PSOE - PRIMERA PARTE: Impacto Institucional y Magistrados Afectados
La interacción entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial en España ha experimentado episodios de acentuada tensión institucional durante las etapas de...

Historia del "gang" del PSOE - SEGUNDA PARTE: Javier Gómez de Liaño y el Conflicto Sogecable
En 1997, el escenario procesal español se vio sacudido por el denominado caso Sogecable. La instrucción penal iniciada en...
María del Coro Cillán: Investigaciones Sensibles, Cloacas Policiales y Condena por Prevaricación

La trayectoria de la magistrada María del Coro Cillán y García de Iturrospe en el Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid constituye un caso complejo sobre la frontera entre la investigación de procedimientos con elevado impacto político, la acción encubierta de los aparatos de inteligencia policial y la aplicación dogmática de las normas sancionadoras por prevaricación judicial.
Cillán se formó en la disciplina penal y ejerció como profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Extremadura. En el plano político, durante la Transición concurrió como número 2 en la candidatura de la coalición conservadora Unión Foral del País Vasco por Guipúzcoa en las elecciones generales de 1979, sin resultar electa. Ingresada en la carrera judicial, estuvo destinada en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa —donde fue sancionada disciplinariamente en tres ocasiones por retrasos acumulados en el dictado de resoluciones— antes de obtener la titularidad del Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid.
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En julio de 2009, Cillán admitió a trámite una querella de la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M contra el excomisario jefe de los Tedax, Juan Jesús Sánchez Manzano, y la perito químico de dicha unidad, imputándoles delitos de encubrimiento, falso testimonio y omisión del deber de perseguir delitos. A pesar de que una querella idéntica había sido inadmitida por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid, la magistrada impulsó las pesquisas durante más de dos años y medio, articulándolas en tres ejes: En primer lugar, interrogó a mandos policiales y técnicos de Renfe para esclarecer la orden de desguace e incineración de los vagones en las jornadas posteriores al atentado. En segundo lugar, investigó las posibles fisuras o la ausencia de actas de recogida de muestras en los focos de las explosiones que traía como consecuencia la ruptura de la cadena de custodia. Por último, tomó declaración a agentes policiales que reconocieron el traslado y destrucción de vestimentas y enseres de las víctimas en la incineradora de Valdemingómez sin previo peritaje exhaustivo.
La causa fue archivada definitivamente en febrero de 2012 por la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid al apreciar la excepción de "cosa juzgada" (al haber sido evaluada la prueba en la sentencia del macrojuicio del 11-M) y la inexistencia de indicios de delito. La resolución fue ratificada íntegramente por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en marzo de 2013.
Finalmente, vino el encontronazo con las cloacas del estado. En el año 2012, ya siendo Rajoy presidente, Cillán asumió la instrucción de una denuncia formulada por el financiero Javier de la Rosa (un referente de la época de Felipe González en materia de corrupción) relativa a presuntas cuentas bancarias en Suiza de la familia del expresidente de la Generalitat Jordi Pujol. En el marco de la Operación Cataluña, la jueza requirió insistentemente al denunciante para aportar evidencias materiales. En 2016 se filtró un audio grabado en diciembre de 2012 en el que el comisario (aún en activo) José Manuel Villarejo garantizaba a De la Rosa que realizaría gestiones ante el Decanato y la Audiencia Nacional para "quitarle totalmente la jurisdicción" a Cillán, a quien tildaba de "inestable".
Tras tener conocimiento del contenido de las grabaciones, la exjueza interpuso en 2016 una querella criminal contra Villarejo por los delitos de usurpación de funciones públicas, tráfico de influencias y cohecho. La querella recayó en el Juzgado de Instrucción nº 12 de Madrid, que la desestimó al considerar no probada de forma indubitada la identidad de los interlocutores (¿?) ni la existencia de un delito de amenazas.

La juez había jugado con fuego y se quemó. El fin de la carrera judicial de Coro Cillán no se produjo por vía disciplinaria administrativa, sino mediante la exigencia de responsabilidad penal en el denominado caso Moma. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), mediante sentencia de 11 de octubre de 2013, la condenó por un delito continuado de prevaricación judicial (art. 446.3º del Código Penal), fallo ratificado de forma íntegra en septiembre de 2014 por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, siendo ponente el magistrado progresista Joaquín Jiménez García, fundador de Jueces para la Democracia y posteriormente junto Cándido Conde-Pumpido o Juan Alberto Belloch defensor de la modernización de la Justicia. Presidió el tribunal que condenó al exjuez Baltasar Garzón, aunque se distanció de sus compañeros en algunas valoraciones del fallo.

Debe tenerse en cuenta que las condenas por casos de prevaricación judicial en España son sumamente escasos y, entre los pocos magistrados condenados en las últimas décadas, destacan algunos nombres propios donde los tribunales apreciaron la forma continuada o la comisión de múltiples resoluciones injustas como son los casos de Elpidio José Silva (2014), debido a sus decisiones durante la instrucción del caso Blesa o Luis Pascual Estevill (1996/2005) debido a una práctica sistemática y continuada de extorsión a empresarios a cambio de no encarcelarlos de manera irregular.
Deriva personal y vertiente constitucional-asistencial
Tras su expulsión de la carrera judicial, Cillán experimentó un severo deterioro en su salud mental y en sus condiciones de vida. En junio de 2016, tras ser hallada desorientada en las inmediaciones de Plaza de Castilla, fue ingresada en el Hospital La Paz de Madrid. Durante esa estancia hospitalaria, la revista Interviú publicó un reportaje titulado "De jueza a indigente", firmado por Alberto Pozas. Pozas asumiría posteriormente la Dirección de Información Nacional en la Moncloa durante la presidencia de Pedro Sánchez y acabaría imputado en el marco de la macrocausa del caso Villarejo (Caso Tándem) por la entrega al comisario de un pendrive con datos procedentes del teléfono de la dirigente de Podemos Dina Bousselham.
Posteriormente y debido a la presencia de mandos vinculados al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) realizando indagaciones sobre su situación en los centros asistenciales, Cillán fue trasladada en 2017 al Centro de Rehabilitación Psicosocial San Juan de Dios en Palencia. Su internamiento prolongado en un centro psiquiátrico de régimen cerrado sin la existencia de un auto firme de incapacitación civil plantea severos interrogantes desde la óptica procesal y del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al comprometerse las garantías básicas de la tutela judicial efectiva y la libertad personal frente a las medidas de privación asistencial involuntaria.
Conclusión

El examen analítico de la relación entre los gobiernos del PSOE y el Poder Judicial a lo largo de las últimas cuatro décadas permite extraer conclusiones definitivas sobre la fragilidad del Estado de derecho ante la injerencia del Poder Ejecutivo y el uso de los aparatos del Estado.
Los magistrados de instrucción y fiscales que asumen la investigación de la financiación ilegal de los partidos políticos, la corrupción institucional o las tramas policiales sufren un nivel de exposición mediática y presión política desproporcionado. El sistema procesal requiere mecanismos reforzados que garanticen la inamovilidad real y la protección de su función jurisdiccional. A eso hay que sumar la inhibición o tibieza institucional del Consejo General del Poder Judicial al atender las peticiones de amparo formal formuladas por los instructores (art. 14 LOPJ) desencadena la salida prematura de magistrados independientes de la carrera judicial, como demostró la renuncia de Marino Barbero en el caso Filesa.
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