El Ejecutivo de Pedro Sánchez quiere dejar por escrito, en dos proyectos todavía en el Congreso, que quien entre irregularmente y afirme tener menos de 18 años gozará de presunción de minoría de edad hasta que un juez dicte sentencia firme. Justicia sostiene que esas normas «garantizarían» esa presunción y el derecho a ser oído. El plazo de enmiendas al articulado se ha prorrogado hasta el 2 de septiembre de 2026. La medida llega cuando Ceuta sigue desbordada y las cifras de supuestos menores cambian según el ministerio que hable.
Qué implica la presunción de minoría de edad en el nuevo trámite
Hoy, el artículo 35.3 de la Ley de Extranjería ya obliga a dar atención inmediata al indocumentado «cuya minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad» y a poner el caso en conocimiento de la Fiscalía, que ordena las pruebas. El artículo 12.4 de la Ley de Protección Jurídica del Menor añade que, si no cabe afirmar la mayoría, la persona será considerada menor mientras se determina su edad.
Lo que cambia no es tanto el principio como el cauce. Los textos de 2024 —reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y ley orgánica complementaria de la responsabilidad penal de los menores— convierten la determinación de edad en un procedimiento judicial civil, urgente, con abogado, intérprete y sentencia recurrible. En las dudas, «regirá la presunción de minoría de edad durante la tramitación del procedimiento, hasta que recaiga resolución firme». Así lo recoge el propio articulado del proyecto. El Ministerio de Justicia lo resume así: los textos «garantizarían la presunción de minoría de edad, así como el derecho a ser oído y tomar parte en el procedimiento»
El efecto práctico es claro: quien se declare menor entra en el sistema de protección autonómico mientras el juzgado resuelve. Las pruebas médicas dejan de ser el atajo de la Fiscalía y pasan a ser, en teoría, subsidiarias. Las enmiendas a la totalidad ya advirtieron de que esa combinación —presunción más espera judicial— saturará los recursos de tutela de las comunidades.

Sánchez niega contradicciones en la crisis de Ceuta, exonera a Marruecos, admite informes del CNI y anuncia 6.000 plazas un mes después de la avalancha.
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Ceuta convierte la norma en un laboratorio a cielo abierto
La avalancha del 30 y 31 de julio ha dejado al descubierto el coste de tratar como menor a todo aquel que lo afirma. Sira Rego cifra ahora en unos 1.500 los menores en el sistema de acogida, de ellos unas 700 niñas. Días antes, Elma Saiz habló de 2.500 filiados por Interior. La Policía Nacional llegó a registrar 2.168. Marlaska ha recortado en el Congreso la cifra de 2.900 a 1.500. Ceuta tiene una capacidad ordinaria de 29 plazas. El Gobierno ya infló y desinfló esas cifras en cuestión de días.
Rego rechaza «ninguna deportación masiva» y pide traslado a la Península «caso por caso». El PP, que gobierna Ceuta, exige que Madrid asuma de verdad la frontera y no convierta a las autonomías en almacén. Feijóo ha llegado a hablar de confinamiento sanitario antes que de un retorno ordenado. Esa ambigüedad del PP deja a la ciudad sin una alternativa nítida. Mientras tanto, la convivencia se resiente: reyertas entre irregulares han marcado las últimas semanas en el enclave.
Quien paga la tutela mientras el juez decide
A 31 de marzo de 2026, Inclusión contabilizaba 21.104 menores no acompañados y jóvenes extutelados de 16 a 23 años con autorización de residencia, un 11,3% más que un año antes. La Fiscalía General tenía inscritos 16.041 MENA a cierre de 2024. En 2024 solo se repatriaron ocho.
Si la presunción de minoría de edad se aplica de forma automática a miles de llegadas sin documento fiable, la tutela recae en las comunidades desde el primer día, no en el Estado. El procedimiento judicial, aunque se etiqueta de urgente, no es inmediato: comparecencia, pruebas, sentencia y recurso. Mientras tanto hay plaza, escolarización, sanidad y, al cumplir 18, vía de regularización como extutelado.
El PSOE y Sumar presentan el cambio como cumplimiento de la LOPIVI y de dictámenes internacionales. Lo que no explican es quién sufragará el limbo: un adulto que se declara menor obtiene, de entrada, la red de protección que el irregular mayor de edad no tiene. La frontera no se defiende con un beneficio de la duda convertido en llave de entrada.








